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¿Quién está obligado a darse de alta en el ROI? | Visionwin

¿Quién está obligado a darse de alta en el ROI?

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ROI

Cumplir con las obligaciones fiscales es fundamental para cualquier empresario o profesional que realice operaciones intracomunitarias en la Unión Europea. Una de ellas es el registro en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). En este artículo, te explicamos de manera clara y concisa qué es el ROI, cómo solicitar el alta y quiénes están obligados a registrarse. Conoce tus obligaciones fiscales y evita problemas con Hacienda.

¿Qué es el ROI y cómo solicitar el alta?

El Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) es un censo de profesionales y empresarios que realizan operaciones de prestación de servicios o entregas de bienes con empresas o profesionales de otro Estado miembro de la Unión Europea. También conocido como VIES, este sistema facilita la consulta de operadores intracomunitarios en la página de Hacienda y permite que las facturas estén exentas de IVA si el destinatario del servicio o producto también está registrado como operador intracomunitario.

Si vas a realizar operaciones de este tipo, es importante que solicites el alta en el ROI. Para hacerlo, debes tener en cuenta los siguientes pasos:

  1. Durante tu alta en Hacienda como autónomo, ya sea presencial u online mediante el modelo 036 de la AEAT, marca la casilla 582 de la página 5 para solicitar el alta en el ROI. En caso de darte de baja, marca la casilla 583. Además, indica la fecha prevista de tu primera operación intracomunitaria en la casilla 584.

  2. Si solicitas el alta en el ROI después de tu alta en Hacienda como autónomo, marca la casilla 130 de la página 1 como una modificación y marca también las casillas 582 y 584.

Una vez solicitado, puedes verificar que el NIF-IVA es exactamente igual que el NIF, pero con el prefijo “ES” delante. Es recomendable siempre contar con el apoyo de una gestoría especializada para facilitar estos trámites y asegurarte de cumplir correctamente con lo requerido.

¿Quiénes están obligados a registrarse en el ROI?

De acuerdo con la normativa española, están obligados a inscribirse en el ROI aquellos empresarios, profesionales o sociedades mercantiles que realicen o sean destinatarios de las siguientes operaciones:

  1. Entregas de bienes o adquisiciones intracomunitarias sujetas al impuesto.

  2. Prestación de servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que el sujeto pasivo sea el destinatario.

Además, las personas jurídicas que realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA, sin actuar como empresarios o profesionales, también deberían estar registradas en el mismo ROI. Recuerda que es responsabilidad del vendedor asegurarse de que su cliente esté registrado como operador intracomunitario para poder beneficiarse de la exención de IVA en las facturas a clientes profesionales y empresarios intracomunitarios.

Conclusión:

Cumplir con las obligaciones fiscales es esencial para evitar problemas con Hacienda. Si realizas operaciones intracomunitarias, debes solicitar el alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y cumplir con las normativas establecidas. El NIF-IVA facilitado por la Administración será clave para consignar las ventas o adquisiciones intracomunitarias en tus obligaciones fiscales y contables.

 

 

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