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Campaña de la Renta 2026: gastos deducibles y novedades

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Declaración de la renta

¡Ya está en marcha! Este mes de abril comenzó la Campaña de la Renta 2025 (la que presentamos en 2026). Tanto si eres de los que prefieren presentarla cuanto antes para recibir la devolución, como si eres autónomo y necesitas cuadrar cada cifra, este es el momento de revisar bien tu declaración.

Presentar la declaración no es solo cumplir con el trámite, es saber dónde podemos ahorrar. Cada euro cuenta y, por eso hoy, repasamos esos gastos que puedes deducirte, desde los más obvios hasta los que a veces se nos escapan.

Los gastos más habituales que no pueden faltar en tu borrador

Hay deducciones que son "clásicos" y que suelen aparecer de forma automática o son muy sencillas de verificar. Asegúrate de que estén ahí:

  • Cuotas sindicales y colegios profesionales: las cuotas sindicales son deducibles como gasto del trabajo. En el caso de colegios profesionales, también lo son cuando la colegiación es obligatoria para ejercer, con los límites establecidos por la normativa.
  • Donaciones a ONGs: Las aportaciones a entidades sin ánimo de lucro permiten aplicar deducciones relevantes: 80% sobre los primeros 150 euros donados, 35% sobre el resto, 40% si se mantiene la donación a la misma entidad durante varios años.
  • Planes de pensiones: siguen siendo una herramienta habitual para reducir la base imponible. Límite general de 1.500 euros en aportaciones individuales. Posibilidad de aumentar el límite si existen contribuciones empresariales.
  • Deducción por maternidad: aplicable a madres con hijos menores de 3 años. En los últimos ejercicios se ha ampliado a determinados supuestos, incluyendo algunas situaciones de desempleo, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la Agencia Tributaria.

Los gastos donde conviene revisar bien los detalles

Aquí es donde suelen aparecer dudas y donde es más fácil cometer errores si no se revisa la normativa con precisión:

  • Alquiler de vivienda (inquilinos): a nivel estatal, la deducción se mantiene solo para contratos anteriores a 2015. Sin embargo, muchas comunidades autónomas ofrecen deducciones propias con requisitos específicos (edad, ingresos, situación familiar, etc.). Revisar el tramo autonómico es clave.
  • Gastos para autónomos (teletrabajo y suministros): si trabajas desde casa, puedes deducir parte de los suministros (luz, agua, gas), aplicando el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad económica. Es fundamental calcular correctamente esta proporción y justificarla adecuadamente.
  • Obras de eficiencia energética: las mejoras que reduzcan el consumo energético permiten aplicar deducciones que pueden oscilar entre el 20% y el 60%, dependiendo del tipo de actuación y del ahorro conseguido. Para ello, es imprescindible contar con certificados de eficiencia energética antes y después de la obra, además de cumplir los plazos establecidos por la normativa vigente.

¿Qué novedades trae este 2026?

Este ejercicio sigue marcado por cambios en vivienda y ajustes en determinados colectivos:

Prestaciones por desempleo
Los contribuyentes que perciben paro deben regirse por los límites generales de obligación de declarar:

  • 22.000 euros anuales con un solo pagador
  • 15.876 euroscon varios pagadores

Es importante tener en cuenta que el SEPE puede actuar como segundo pagador, lo que puede reducir el umbral a partir del cual existe obligación de presentar la declaración.

Reducciones en el alquiler de vivienda
Se consolidan los incentivos para propietarios que alquilan en zonas tensionadas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Vivienda (como la reducción del precio del alquiler respecto al contrato anterior).

Consejo VisionWin: antes de darle al botón de "presentar", revisa siempre las deducciones autonómicas. Gastos en guarderías, libros de texto o incluso por vivir en zonas rurales con riesgo de despoblación pueden marcar una diferencia significativa en el resultado final.

Además, recuerda que la normativa fiscal puede variar en función de la comunidad autónoma y de la situación personal de cada contribuyente. Este contenido tiene carácter informativo y es recomendable revisar cada caso concreto o contar con asesoramiento profesional antes de presentar la declaración.

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