En los últimos años, las operaciones monetarias han experimentado una revolución gracias al avance de la banca electrónica y a la incorporación de servicios como Bizum. Estas herramientas permiten mover diferentes sumas de dinero rápidamente, pero es importante estar al corriente de las obligaciones fiscales asociadas. En este artículo os compartimos cuáles son los límites en bizums y transferencias y las consecuencias de no declarar los movimientos financieros que superen los márgenes establecidos.
Bizum: ¿cuál es el límite?
Bizum establece un límite por operación de hasta 1.000€ para las transferencias a través de su servicio y de hasta 2.000€ por día en envíos. Además, tiene un tope mensual de 5.000€. También hay una restricción en la cantidad máxima de operaciones que se pueden recibir mensualmente, fijado en 60 movimientos.
¿Y qué sucede si llegamos a esta cifra? La propia plataforma nos notificará que no es posible llevar a cabo la operación. Si son intercambios esporádicos entre particulares sin un origen laboral o lucrativo, y no se superan los 10.000€ al año, no es necesario declararlos de forma expresa. Si se recibe esta cantidad o más, deberás incluirla en el ejercicio correspondiente a tu declaración de la Renta.
Diferente es para aquellos autónomos o emprendedores que utilizan Bizum como sistema de pago en sus negocios. En este supuesto los fondos recibidos a través de la plataforma se consideran ingresos habituales y deberás informar al fisco a través de las correspondientes facturas emitidas. Los negocios y empresas, no tienen acotados sus movimientos.
Transferencias bancarias: límites y regulaciones
Además de Bizum, las transferencias bancarias tienen límites y regulaciones que debes conocer. Y es que cada banco debe informar a Hacienda cuando se detecta una acción sospechosa o que rebasa cierta cantidad (generalmente los 10.000€). Esto como medida para evitar el blanqueo de capitales y el fraude fiscal. También se notifican:
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Las transacciones en billetes de 500€, independientemente del total.
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Los pagos y cobros en metálico de más de 3.000€
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Los préstamos y créditos por un importe igual o superior a 6.000€
No obstante, ten en cuenta que la entidad fiscal supervisa todos los movimientos y tiene la facultad de solicitar al banco la información que necesita, sin importar el monto enviado.
En otros supuestos sí es necesario presentar de manera expresa una declaración previa a través del Modelo S1, que puede realizarse a través del certificado electrónico o con la Cl@ve PIN. Se trata de una gestión completamente gratuita. En concreto, si envías o recibes un pago de 10.000€ o más hacia o desde el extranjero, si entras o sales del país con tal cantidad, si registras movimientos bancarios dentro de España por valor de 100.000€ o más, o de medios de pago en metálico que alcancen o superen tal cantidad.
En este documento deben estar especificados los datos del portador, del propietario y destinatario del dinero, el importe exacto, el motivo de la operación, la procedencia y el itinerario de la suma, junto con el modo de transporte empleado.
¿Qué sucede si no declaras?
No declarar conforme marca la ley puede llevarte a enfrentar multas económicas, que varían según el caso. Además, la Agencia Tributaria puede exigir el pago de intereses de demora. No presentar el modelo S1 o no cumplimentarlo debidamente, por ejemplo, puede suponer una penalización de 600€ o de hasta el 50% del valor de los medios de pago empleados. Además, si no se logra justificar el origen del dinero, las sanciones podrían ser mucho más cuantiosas en los supuestos más graves, alcanzando los 150.000€.
Como ves, no respetar las regulaciones tiene consecuencias que pueden afectar seriamente a tu economía. Por ello, es fundamental estar bien informado y seguir las disposiciones fiscales para evitar problemas futuros con Hacienda.