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Entran en vigor nuevas medidas para compatibilizar pensión y trabajo

Entran en vigor nuevas medidas para compatibilizar pensión y trabajo

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Pensiones nuevas medidas

El 1 de abril de 2025 entraron en vigor las nuevas medidas que regulan la compatibilidad entre pensión y trabajo en España. Esta reforma, aprobada mediante el Real Decreto-ley 11/2024 de 23 de diciembre, busca flexibilizar el tránsito hacia la jubilación y adaptar el sistema a realidades laborales más diversas.

Aunque el objetivo es acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal y  fomentar una salida progresiva del mercado laboral, las novedades afectan directamente a miles de personas que ya están jubiladas o que están próximas a estarlo. Conviene, por tanto, conocer los cambios que ya se aplican desde este mes, tanto en la jubilación activa, como en la jubilación demorada y la jubilación parcial.

Cómo cambia la jubilación activa desde abril de 2025

Una de las principales novedades es la mejora de la jubilación activa, que permite compatibilizar el cobro de la pensión con una actividad laboral. Hasta ahora, solamente podían acogerse quienes acreditaban una carrera de cotización completa, pero con la nueva norma este requisito desaparece, lo que abre esta posibilidad a un mayor número de personas, especialmente a colectivos que han tenido trayectorias laborales más interrumpidas.

El sistema incorpora una escala de porcentajes: por cada año de actividad mientras se cobra la pensión, se incrementa el porcentaje percibido. Por ejemplo, si la demora es de un año, se puede percibir el 45% de la pensión; dos años, un 55%, y así hasta alcanzar el 100% tras cinco años.

Además, se sumará un 5% adicional por cada 12 meses de trabajo ininterrumpido dentro de esta modalidad, aunque sin superar el 100% del total. Otra ventaja es que los incentivos por demora se podrán acumular a los de la jubilación activa, algo que hasta ahora no era posible.

Jubilación demorada y parcial: qué debes saber

Se introducen también cambios en la jubilación demorada, que permiten retrasar la jubilación voluntariamente a cambio de una mejora económica. Desde abril de 2025, quienes opten por esta vía podrán obtener un incentivo adicional del 2% por cada seis meses de demora a partir del segundo año. Hasta ahora, el incentivo se calculaba únicamente por años completos.

En el caso de la jubilación parcial, se amplía de dos a tres años el margen de anticipo respecto a la edad legal, siempre que se reduzca la jornada laboral de forma proporcional. Además, se endurecen las condiciones del contrato del trabajador relevista, que deberá ser indefinido y a tiempo completo, lo que busca reforzar la estabilidad en este tipo de contrataciones.

Cómo acogerse a estas modalidades

Las personas interesadas pueden solicitar cualquiera de estas modalidades desde abril de 2025, tanto de forma presencial como online, a través de los canales habituales del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El organismo mantiene habilitada su atención telefónica y el sistema de cita previa para resolver dudas o gestionar trámites.

Estas medidas forman parte del paquete de reformas iniciado en 2021 y responden a las recomendaciones del Pacto de Toledo. Aunque las nuevas condiciones amplían las opciones para compatibilizar pensión y trabajo, también implican una mayor complejidad normativa que los ciudadanos deberán conocer para poder tomar las decisiones adecuadas. 

 

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