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¿Puedo contratar a otros trabajadores siendo autónomo? | Visionwin

¿Puedo contratar a otros trabajadores siendo autónomo?

Actualizado : 04.01.2023

Autonomos

Contratar a otros trabajadores siendo autónomo puede ser una opción para aquellos profesionales que necesitan ampliar su equipo o que quieren delegar algunas de sus tareas. La pregunta es, ¿puede hacerse? Pues sí, se puede.

No obstante, hay que tener en cuenta las condiciones y requisitos que deben cumplirse para poder establecer esta relación de tipo contractual. En este artículo te damos las claves principales y el paso a paso a seguir para poder hacer las cosas bien.

Qué debes tener en cuenta para contratar a otros trabajadores como autónomo

Si tienes previsto dar el paso y contratar a otra persona siendo tú autónomo, has de saber que hay varias opciones. Una de ellas es recurrir a otro autónomo. En este caso lo que existe es un contrato mercantil de prestación de servicios, por lo que es un trabajador que no está vinculado laboralmente a tu negocio.

Esto significa que es él quien debe hacerse cargo de sus seguros sociales y emitir una factura según lo acordado. Por otro lado, no hay jefes ni empleados. Eres un cliente y no puedes exigirle que cumpla con unos horarios en concreto. Como todo, esto tiene una serie de ventajas e inconvenientes.

Si prefieres contratar como autónomo a un trabajador por cuenta ajena, por medio de un contrato laboral, también es posible. En este supuesto sí debes hacerte cargo de sus cuotas a la Seguridad Social, algo que se suma al resto de obligaciones laborales y fiscales que ya tienes. En caso de que se trate de un familiar directo, podrás hacerlo como autónomo colaborador.

Cómo contratar a un trabajador por cuenta ajena como autónomo

Por lo general, para contratar a un trabajador siendo autónomo deberás seguir los pasos que te detallamos a continuación. Te recomendamos, no obstante, recurrir a un asesor previamente para tener en cuenta las particularidades de cada caso y conocer cuál es tu mejor opción:

  • Paso 1. En primer lugar, deberás inscribirte en la Seguridad Social como empresario. Puedes hacerlo desde la Sede Electrónica o a través del sistema RED.

  • Paso 2. Si no lo tiene, solicita la asignación de un Número de Seguridad Social para el trabajador.

  • Paso 3. Deberás dar de alta al trabajador que contrates.

  • Paso 4. Por último, la contratación tiene que registrarse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se dispone para ello de un plazo máximo de 10 días, presentando una copia del contrato.

Por otro lado, recuerda que los trabajadores agrarios por cuenta propia y titulares de una explotación agraria únicamente pueden contratar a dos trabajadores de manera indefinida o a los equivalentes en contratos temporales, según la normativa vigente.

¿Y qué hay de los autónomos colaboradores?

La opción de autónomo colaborador aplica para aquellos familiares directos de autónomos que cumplen con los siguientes requisitos:

  • Son familia directa de hasta segundo grado.

  • Se trata de una colaboración habitual en el mismo centro de trabajo.

  • No son trabajadores dados de alta por cuenta ajena.

  • Tienen 16 años o más.

  • Conviven en el mismo domicilio o están a cargo del autónomo.

Este tipo de trabajadores está exento de las obligaciones fiscales trimestrales, por lo que no debe presentar declaraciones de IVA o IRPF. Estas son obligación del contratante. Y bien, ¿ya hemos resuelto tus dudas? Desde Visionwin esperamos que tengas más claras las diferentes opciones a la hora de contratar a un trabajador estando tú como autónomo.

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